La ley de «vagos y maleantes» bajo la mafia franquista
El gran bandido juzga a los pequeños
«Lo que tú haces infestando la tierra entera, yo lo hago con una pequeña nave; y porque lo hago con una pequeña nave, me llaman bandido, mientras que a ti, porque lo haces con una gran flota, te llaman emperador.»
Respuesta de un pirata a Alejandro Magno, recogida por san Agustín, La ciudad de Dios, IV, 4.
El folletín ha mostrado una mafia que robaba, bendecía, mataba y transmitía. Le quedaba por probar una última máscara, la más insolente de todas: la de guardiana del orden moral. Porque aquel régimen, que era él mismo el gran bandidaje del que habla Agustín, se convirtió en juez de la peligrosidad de los demás. Encerró a mendigos, vagabundos y homosexuales en nombre de la defensa de la paz social, con el aplomo del pirata que, convertido en emperador, se pone a patrullar los mares que saquea. Este anexo examina el instrumento de esa impostura, la llamada ley de vagos y maleantes, distinguiendo lo que el texto dice de lo que produce, porque es en la distancia entre ambas cosas donde se aloja toda su iniquidad.
1933: una ley republicana de peligrosidad anterior al franquismo
Hay que empezar siendo justos con su origen, porque atribuir a la dictadura lo que no le pertenece debilitaría la acusación. La Ley de Vagos y Maleantes fue aprobada el 4 de agosto de 1933 por las Cortes de la Segunda República, con el consenso de todos los grupos políticos. Popularmente fue conocida como la Gandula. Se dirigía entonces contra vagabundos, nómadas y proxenetas, y no mencionaba la homosexualidad. Pero sería deshonesto absolverla por completo, porque su vicio ya estaba en su estructura. No era una ley penal que castigara actos. Era una ley preventiva, predelictual, que pretendía impedir el delito antes de que se hubiera cometido. No imponía, por tanto, penas, sino «medidas de seguridad»: se retenía, vigilaba o alejaba a individuos considerados peligrosos, no por lo que habían hecho, sino por lo que eran, y hasta que la autoridad decidiera que su peligrosidad había desaparecido. Juristas de la propia República habían denunciado ya ese riesgo. Una ley que castiga un estado y no un acto pone la libertad de cualquiera a merced de una definición.
1954: el franquismo convierte la homosexualidad en «estado peligroso»
Esa estructura viciada, el franquismo solo tuvo que apropiársela para convertirla en arma. La ley de 1933 fue una de las pocas leyes republicanas que el régimen no derogó. Hizo algo mejor: la perfeccionó. La reforma de 15 de julio de 1954 modificó los artículos 2 y 6 para introducir una nueva figura: el estado peligroso de homosexualidad. El texto coloca desde entonces, en una misma frase, a «los homosexuales, rufianes y proxenetas, mendigos profesionales y los que vivan de la mendicidad ajena». La exposición de motivos justificaba esa incorporación afirmando que tales hombres ofendían la sana moral del país y el patrimonio de las buenas costumbres. El desplazamiento resulta vertiginoso: de una ley contra conductas se pasa a una ley contra personas, culpables no de haber causado un daño a otro, sino de una manera de ser.
Internamiento, vigilancia y aislamiento: castigar lo que una persona era
Eso es lo que dice la ley. Queda lo que produce, y ahí el internamiento muestra su verdadero rostro. El artículo 6 preveía para las personas designadas una serie de medidas que debían sufrirse sucesivamente. La primera era el internamiento en un establecimiento de trabajo o en una colonia agrícola. Para los homosexuales, el texto añadía una crueldad suplementaria: debían ser internados en instituciones especiales y, en todos los casos, en absoluta separación de los demás. Después llegaban la prohibición de residir en determinados lugares y la sumisión a vigilancia. Se entraba así en un túnel cuya salida no dependía del propio internado, porque no se lo condenaba por un delito limitado en el tiempo, sino que se lo retenía por una peligrosidad cuya desaparición solo el poder podía declarar. Aquellas instituciones especiales tuvieron nombres concretos, como la Colonia Agrícola Penitenciaria de Tefía, en Fuerteventura, a la que fueron enviados homosexuales. Otros llamaron a esos establecimientos, sin eufemismos, campos de concentración.
Homosexuales, pobres y marginados bajo una ley de peligrosidad
Sobre quienes fueron encerrados allí, la regla de este folletín exige sobriedad, y la mantengo sin reservas. Los criterios de la ley eran indeterminados, subjetivos y apenas definidos, y dejaban por tanto la suerte de los más débiles en manos de la autoridad: personas sin hogar, enfermos mentales, alcohólicos, mendigos, todos aquellos que menos podían defenderse, y los homosexuales, culpables de existir. No fueron juzgados por un crimen. Fueron internados por lo que eran, o por aquello que la sociedad rechazaba en ellos. Miles de hombres pasaron por este sistema en nombre de una moral blandida por uno de los regímenes más inmorales de su siglo. Sobre sus vidas rotas no cabe ningún chiste. Solo una deuda que reconocer.
El gran bandido decide quién es peligroso
El mordiente corresponde enteramente al autor de la ley y al régimen que la utilizó, y es aquí donde el pirata de Alejandro vuelve a tomar la palabra. El mendigo fue declarado peligroso, no el ministro que administraba el hambre de los años cuarenta. El homosexual fue declarado peligroso, no el clan que saqueaba la nación. El vagabundo fue declarado peligroso, no el Estado que expropiaba, confiscaba y fusilaba. A quien solo tenía una pequeña nave —su miseria o su diferencia— se lo llamó maleante; a quien disponía de la gran flota —el Ejército, la policía y los tribunales— se lo llamó Caudillo y guardián de la ciudad. La Ley de Vagos y Maleantes es la prueba escrita de que, en aquella casa, la peligrosidad era un título que el gran bandido otorgaba a los pequeños para darse a sí mismo aires de sheriff.
1970-1979: de la Ley de Vagos y Maleantes a la Ley de Peligrosidad Social
Y, como todo lo demás, aquello duró. La ley reformada en 1954 fue sustituida en 1970 por la Ley de Peligrosidad y Rehabilitación Social, que prolongó la misma persecución. Hubo que esperar hasta finales de los años setenta para que los homosexuales quedaran fuera de ese dispositivo, y mucho más para que el Estado reconociera, apenas con la punta de los labios, el daño causado a quienes había encerrado. También aquí la impunidad fue la regla y la reparación, una excepción tardía.
Cuando la mafia franquista se disfrazó de moral
Este anexo no añade un padrino más a la galería. Ilumina una habitación que el relato del botín y de la sangre dejaba en penumbra: el momento en que la mafia se vuelve virtuosa, cuando el ladrón a escala nacional se erige en juez de las costumbres de su víctima. Quizá sea ese su engaño más acabado. Robar, ya lo hemos visto, sabía hacerlo. Matar también. Pero pretender, además, encarnar el orden moral frente a los débiles que aplastaba exigía el aplomo tranquilo del pirata convertido en emperador.
Fuentes
Establecido
- Ley de Vagos y Maleantes aprobada el 4 de agosto de 1933 por la Segunda República, por consenso, conocida como «la Gandula»; se dirigía contra vagabundos, nómadas y proxenetas y no mencionaba la homosexualidad. No era una ley penal ordinaria, sino predelictual: establecía «medidas de seguridad» —internamiento, alejamiento, vigilancia— contra «estados peligrosos», no contra actos.
- Reforma franquista de 15 de julio de 1954 (BOE n.º 198 de 17 de julio de 1954), que modificó los artículos 2 y 6 e introdujo el «estado peligroso de homosexualidad»; el artículo 6 preveía internamiento en establecimiento de trabajo o colonia agrícola y, para los homosexuales, «instituciones especiales» en «absoluta separación», además de prohibición de residencia y vigilancia; la exposición de motivos invocaba la «sana moral» y el «patrimonio de las buenas costumbres».
- Medidas aplicadas sucesivamente; internamiento de duración no determinada por un delito, dependiente de la «peligrosidad» declarada. Criterios «indeterminados, subjetivos». Establecimientos entre los que se encontraba la Colonia Agrícola Penitenciaria de Tefía, en Fuerteventura, para homosexuales; algunos autores los han descrito como «campos de concentración».
- Sustitución por la Ley de Peligrosidad y Rehabilitación Social de 4 de agosto de 1970; exclusión de los homosexuales del dispositivo a finales de los años setenta; reconocimiento y reparación tardíos.
Fuente: Wikipedia (es), «Ley de vagos y maleantes»; Revista de Historia, «Cuando la homosexualidad se convirtió en delito» (2021); elDiario.es / Canarias Ahora, «Los homosexuales durante el franquismo: vagos, maleantes y peligrosos» (17 de mayo de 2016); El Obrero, «Textos históricos… la modificación de 1954»; Ediciones Universidad de Salamanca, «El infierno penal… Colonia Agrícola Penitenciaria de Tefía» (2022); Archivo Histórico Provincial de Málaga, ficha «Ley de Vagos y Maleantes».
Por consolidar
- Número total de personas internadas en virtud de esta ley y proporción de homosexuales —estimaciones diversas, a menudo situadas en algunos miles bajo el franquismo—: debe cuantificarse a partir de fuentes primarias, especialmente expedientes de jueces especiales y archivos penitenciarios.
- Lista y localización exactas de las «instituciones especiales» —Tefía y, posteriormente, Huelva y Badajoz bajo la ley de 1970—: por precisar.
- Fechas exactas de despenalización —exclusión de los homosexuales del dispositivo, 1979— y derogación definitiva —1995—: por verificar en el BOE.
Registro
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Sobriedad absoluta respecto de los internados —homosexuales, pobres, enfermos, marginados—, víctimas de una persecución de Estado; no adoptar nunca como propia la terminología degradante de la ley, salvo para citarla y denunciarla. El mordiente queda reservado al legislador y al régimen. El anexo ilustra la inversión del pirata de Alejandro: la peligrosidad atribuida a los pequeños por el propio gran bandido.