El Monseñor de la mafia franquista
La Iglesia, o la cruz plantada sobre el botín
«Reviste, sí, la forma externa de una guerra civil, pero en realidad es una Cruzada.»1
Mons. Enrique Pla y Deniel, obispo de Salamanca, carta pastoral «Las dos ciudades», 30 de septiembre de 1936.
Un padrino que se apodera de una nación necesita una cosa que ninguna suma compra y que ningún ejército toma: la absolución.
Necesita una voz que descienda de más alto que la suya para decir al país que la sangre vertida es sangre sagrada, que el robo es una restitución y que el golpe de Estado es un deber. Esa voz, el franquismo la encontró sin dificultad. No reclamó su parte del botín, porque tenía algo mejor que recibir. Tomó el pecado y devolvió una cruzada.
Es el papel del «Monsignore», y no es el menos eficaz de la casa. Trabaja menos sobre los cuerpos que sobre las conciencias, y su obra sobrevive a los fusiles.
La Iglesia católica y la legitimación religiosa del golpe de Estado
La palabra se impuso muy pronto, y de la mano de un hombre de Iglesia. El 30 de septiembre de 1936, el obispo de Salamanca, Enrique Pla y Deniel, publicó la carta pastoral «Las dos ciudades», una de las más tempranas e influyentes legitimaciones teológicas de la sublevación. La guerra civil se convertía en ella en la lucha de la ciudad de Dios contra la ciudad de los sin-Dios, una cruzada «por la religión y por la patria y por la civilización».
Pla y Deniel no fue el primer español en emplear la palabra, ya presente en el lenguaje de ciertos militares, eclesiásticos y periódicos del bando sublevado. Hizo algo más: le dio la autoridad de una doctrina.
El mismo prelado cedió su palacio episcopal al general Franco, que se instaló en él. La cruz y la espada, según la fórmula de la época, volvían a saludarse. No se trataba solo de una imagen. Se trataba de un contrato: el uno aportaba la fuerza, el otro la santidad, y cada cual sabía lo que esperaba a cambio.
La Carta colectiva de los obispos españoles de 1937 y el apoyo a Franco
El compromiso de obispos particulares se convirtió en doctrina colectiva el 1 de julio de 1937, cuando el cardenal Isidro Gomá, primado de España, redactó, a petición de Franco, la Carta colectiva del episcopado español.2
Firmada por la casi totalidad de los obispos en condiciones de pronunciarse, colocaba pública y solemnemente a la jerarquía del lado de la sublevación. Fue enseguida traducida y difundida en el extranjero, pues su objeto no era solo edificar a los fieles españoles. Buscaba también dar a Franco la respetabilidad internacional que las armas por sí solas no le procuraban y presentar a los católicos del mundo entero una guerra de oficiales rebeldes como una guerra de Dios.
El texto reconocía violencias en ambos bandos, pero organizaba moralmente su desigualdad. Los crímenes revolucionarios se convertían en la prueba de una persecución religiosa. Los crímenes del bando sublevado se disolvían en las necesidades del orden, los excesos individuales o el silencio.
La Carta no describía solo la guerra. Enseñaba al mundo cómo había que mirarla.
Los obispos que rechazaron apoyar la sublevación franquista
Hay que hacer justicia a los que se negaron, pues su existencia prueba que la bendición fue una elección y no una necesidad.
Entre los obispos que no firmaron, las dos negativas más significativas fueron las de Francesc Vidal i Barraquer, arzobispo de Tarragona, y de Mateo Múgica, obispo de Vitoria. El primero se negó a identificar a la Iglesia con uno de los bandos y murió en el exilio. El segundo no quiso cubrir con su nombre a un poder que había hecho fusilar a sacerdotes vascos. También él fue apartado.
En el País Vasco, varios sacerdotes fueron ejecutados por el régimen que la jerarquía bendecía. Ante estos muertos con sotana, la sobriedad se impone como ante todos los demás. Recuerdan que en el seno mismo de la Iglesia se podía decir no, y que quienes lo hicieron pagaron el precio.
La bendición no cayó del cielo. Fue decidida por hombres que habrían podido abstenerse.
La persecución religiosa y las víctimas de la Guerra Civil
Hay que calibrar también una verdad que la honestidad prohíbe omitir. La Iglesia de España tenía verdaderos muertos que llorar. En la zona republicana, las violencias revolucionarias y anticlericales mataron a miles de sacerdotes, religiosos y religiosas. El recuento clásico de Antonio Montero Moreno cifra en 6.832.3 La matanza fue real, documentada, atroz.
Pero es precisamente eso lo que hace tan grave la elección de la jerarquía. Teniendo sus propios mártires, decidió bendecir a un bando que masacraba también a muy gran escala y reservar el nombre de mártir solo a sus muertos.
No cerró los ojos por ignorancia. Miró, contó a sus víctimas y concedió la absolución a los verdugos de los demás.
Pío XI, la Guerra Civil y el mito de la cruzada
El fundamento pontificio de esta cruzada era, sin embargo, más frágil de lo que la propaganda pretendió.
El 14 de septiembre de 1936, Pío XI recibió en Castelgandolfo a varios centenares de católicos españoles que habían huido de las violencias revolucionarias. Condenó la persecución religiosa y saludó el sufrimiento de quienes la habían padecido. Pero advirtió también a sus oyentes contra el odio, el exceso y los intereses egoístas. Habló, en fin, de los otros, a quienes todavía consideraba sus hijos.
Según Hilari Raguer, historiador y monje benedictino de Montserrat, la versión que circuló en la España sublevada había sido amputada de los pasajes menos favorables a su propaganda. Los obispos que solo dispusieron de ese texto mutilado publicaron entonces sus pastorales de cruzada. Pío XI, en cambio, nunca dio ese nombre a la guerra de España.4
Pla y Deniel publicó más tarde la versión completa del discurso. No retiró, sin embargo, su calificación de cruzada. El «Monsignore» no mintió, pues, necesariamente, desde el origen, con pleno conocimiento de causa. Pero edificó su doctrina sobre una palabra amputada y, cuando pudo conocerla íntegra, no desmontó el edificio.
El Concordato de 1953: privilegios, financiación y poder de la Iglesia
La bendición tuvo un precio, y ese precio se pagó en poder, en dinero y en privilegios.
Se impone una corrección cronológica. La Santa Sede había reconocido el gobierno de Franco ya en 1938. Los Estados Unidos reconocieron el régimen el 1 de abril de 1939. El Concordato del 27 de agosto de 1953 no estuvo, pues, en el origen de ninguno de esos dos reconocimientos. Junto con los pactos de Madrid concluidos ese mismo año entre España y los Estados Unidos, consagró la reintegración del régimen en el bloque occidental tras el aislamiento de la posguerra.5
El Concordato transformó el pago en derecho. Proclamó el catolicismo como única religión de la nación, reconoció a la Iglesia una amplia capacidad patrimonial, garantizó la financiación anual del culto y del clero, concedió amplias exenciones fiscales y mantuvo el privilegio de presentación de los obispos otorgado a Franco por el acuerdo de 1941.6
En la enseñanza, las prerrogativas fueron concretas y amplias. Toda enseñanza impartida en los establecimientos públicos o privados, de cualquier orden y grado, debía ajustarse al dogma y a la moral católicos. La universidad quedaba expresamente comprendida, y la enseñanza profesional entraba en la fórmula general. Las autoridades eclesiásticas podían vigilar esos establecimientos en materia de fe, de costumbres y de educación religiosa, y los obispos exigir la retirada de los libros, publicaciones y materiales juzgados contrarios a la doctrina. La religión católica se convertía en una asignatura ordinaria y obligatoria, los programas y los manuales dependían de la aprobación eclesiástica, y una parte del personal docente debía contar con la conformidad de la Iglesia.
El artículo XVI no prohibía de manera absoluta a las jurisdicciones ordinarias juzgar a los clérigos, pero les imponía un régimen de excepción particularmente protector. Ciertos prelados no podían ser citados ante un juez laico sin la autorización previa de la Santa Sede. Antes de procesar a un sacerdote o a un religioso, el juez debía recabar el consentimiento del ordinario del lugar, que podía negarlo por motivo grave. Los debates debían sustraerse a la publicidad, y las penas de prisión cumplirse en una casa eclesiástica o, al menos, en locales separados de los de los laicos.7
Este privilegio no hacía imposible toda condena. Obligaba al Estado a tratar a los sacerdotes condenados como un cuerpo separado. No parece haberse establecido ningún registro público, nacional y exhaustivo de los eclesiásticos condenados bajo Franco, al haberse repartido los procesos entre jurisdicciones ordinarias, militares y políticas. Una cifra da, no obstante, su medida tardía: cincuenta y tres eclesiásticos pasaron por la cárcel concordataria de Zamora entre 1968 y 1976, la mayoría por actividades políticas, sindicales o nacionalistas. Ese número no constituye el total español.
El pago no fue solo jurídico. Ya el 9 de noviembre de 1939, el Estado restableció el presupuesto del culto y del clero y destinó 66.899.429 pesetas a las «Obligaciones Eclesiásticas».8 El Concordato garantizó después una dotación anual a los obispos, a los cabildos, al clero parroquial, a los seminarios, a las universidades eclesiásticas y al culto, y previó subvenciones para construir y mantener iglesias, casas rectorales, seminarios y monasterios.
En diciembre de 1972, Carrero Blanco, irritado por las críticas crecientes venidas de la Iglesia, afirmó que el régimen había gastado desde 1939 unos trescientos mil millones de pesetas en sueldos, subvenciones, iglesias, seminarios, centros escolares, obras benéficas y mantenimiento del culto.9 Esa cifra emanaba del poder, no de una auditoría independiente. Pero, como confesión del pagador, merece retenerse.
Llamó cruzada a la guerra nacida de una rebelión militar. Llamó orden a lo que era una depuración. Llamó paz a lo que era un silencio obtenido por el miedo. Llamó mártires a sus propios muertos y apartó la mirada de las fosas donde se pudrían los demás. Declaró sagrado el poder que la pagaba. Al pago lo llamó libertad de la Iglesia.
La oposición católica al franquismo desde los años sesenta
Esta responsabilidad histórica no supone una Iglesia inmóvil durante cuarenta años. Una institución puede haber elegido, recibido y administrado los beneficios de un régimen, y luego dividirse cuando cambian las generaciones, la sociedad y las relaciones de fuerza.
A partir de los años sesenta, una escasa minoría de sacerdotes y de militantes católicos se sumó a las luchas obreras o les prestó su apoyo. Su importancia moral y a veces política fue real. Su peso numérico siguió siendo marginal y nunca representó al conjunto del clero. Un estudio local ha contabilizado unos treinta curas obreros en la diócesis de Sevilla. Esa cifra ilumina un foco particular y no puede transformarse en total nacional.10
Montserrat siguió una evolución comparable. El monasterio se convirtió progresivamente en uno de los principales focos católicos de resistencia cultural al franquismo. Esta evolución no fue ni inmediata ni la de toda la orden benedictina. Los monasterios benedictinos son autónomos, y Montserrat no era el centro jerárquico de la orden en España.
El abad Aureli Maria Escarré, muy favorable al vencedor en 1939, se acercó, a mediados de los años cincuenta, a los medios catalanistas implicados en actividades más o menos clandestinas. En noviembre de 1963, en una entrevista concedida a Le Monde, declaró que el régimen se decía cristiano sin obedecer a los principios fundamentales del cristianismo. La ruptura era entonces pública y resonante.11
Estas disidencias tardías deben nombrarse, porque impiden transformar a la Iglesia en una entidad abstracta, idéntica a sí misma de 1936 a 1975. No borran, sin embargo, la elección inicial. La hacen más claramente imputable a quienes la hicieron, puesto que demuestran que otra elección seguía siendo posible.
El mito de la cruzada y su herencia en el franquismo
Esa fue la obra más duradera del «Monsignore».
Una cuenta bancaria se embarga. Una propiedad se restituye. Una ley se deroga. Un mito, no.
El mito de la cruzada siguió siendo, según Hilari Raguer, uno de los pilares del régimen. Que Raguer fuera monje de Montserrat no transforma su interpretación en palabra de la orden benedictina. Es la de un historiador que trabajó sobre los archivos y sobre la responsabilidad de los hombres de Iglesia.
El padrino murió, la fortuna se transmitió, los tribunales callaron, pero la idea de que todo aquello había sido querido por Dios sobrevivió a los hombres como a las instituciones. Todavía trabaja ciertas memorias.
Quedaba dar a ese poder bendecido la forma fría de la ley. La santidad no basta para gobernar. Hacen falta decretos, códigos y un hombre para escribir el Estado.
Ese hombre fue el cuñado: el consejero que suplantó al hermano y transformó la cruzada en régimen. Será el próximo episodio.
Fuentes y referencias documentales
- Enrique Pla y Deniel, Las dos ciudades, carta pastoral del 30 de septiembre de 1936. Para el contexto y la difusión del tema de la cruzada, véase Hilari Raguer, La pólvora y el incienso. La Iglesia y la Guerra Civil española, Barcelona, Península, 2001. ↩︎
- Carta colectiva de los obispos españoles a los obispos de todo el mundo con motivo de la guerra en España, 1 de julio de 1937. Véase también Julián Casanova, La Iglesia de Franco, Barcelona, Crítica, 2001, y Hilari Raguer, La pólvora y el incienso. ↩︎
- Antonio Montero Moreno, Historia de la persecución religiosa en España, 1936-1939, Madrid, Biblioteca de Autores Cristianos, 1961. Su recuento clásico distingue 4.184 sacerdotes y seminaristas, 2.365 religiosos y 283 religiosas. Para las violencias ejercidas contra sacerdotes vascos por el bando sublevado, véase Julián Casanova, La Iglesia de Franco. ↩︎
- Hilari Raguer, «El discurso de Castel Gandolfo», El País, 10 de octubre de 2011, y La pólvora y el incienso. Raguer atribuye a la censura de la zona sublevada la amputación de los pasajes dedicados a los excesos, al odio y a los «otros», a quienes Pío XI todavía consideraba sus hijos. ↩︎
- El reconocimiento del gobierno de Franco por la Santa Sede se produjo en 1938. Los Estados Unidos reconocieron el régimen el 1 de abril de 1939. Sobre el alcance internacional del Concordato y de los pactos de Madrid de 1953, véanse los documentos diplomáticos publicados por la Office of the Historian del Departamento de Estado de los Estados Unidos. ↩︎
- Concordato entre la Santa Sede y España, 27 de agosto de 1953, en particular los artículos I, VII, XIX, XX, XXVI y XXVII. El artículo VII mantenía las reglas de nombramiento episcopal fijadas por el acuerdo del 7 de junio de 1941. ↩︎
- Concordato entre la Santa Sede y España, artículo XVI. Para la cárcel concordataria, véase el expediente del Ministerio de Cultura español dedicado al documental Los curas de Zamora. La cifra de cincuenta y tres eclesiásticos no constituye un registro nacional de todos los miembros del clero condenados. ↩︎
- Isidoro Martín Sánchez, «La financiación de las confesiones religiosas en el Derecho español», Anuario de Derecho Eclesiástico del Estado, vol. VI, 1990, pp. 129-156. El estudio recuerda el restablecimiento, por la ley del 9 de noviembre de 1939, de 66.899.429 pesetas destinadas a las «Obligaciones Eclesiásticas». ↩︎
- Declaración de Luis Carrero Blanco a Franco, diciembre de 1972. La cifra de trescientos mil millones de pesetas fue recordada en Le Monde, «L’État maintiendra une aide importante à l’Église», 23 de octubre de 1978. Se trata de una evaluación reivindicada por el régimen, no de una auditoría contable independiente. ↩︎
- José Hurtado Sánchez, «Curas y obreros contra la dictadura franquista», Anuario de Historia de la Iglesia Andaluza, vol. II, pp. 351-372. El autor indica haber contabilizado unos treinta curas obreros en Sevilla. ↩︎
- Carles Santacana, «Imágenes sobre Cataluña en el franquismo. El regionalismo bien entendido en las pantallas del NO-DO», Ayer, n.º 123, 2021, pp. 107-134. El autor describe la evolución de Escarré, muy favorable a Franco en 1939, y luego vinculado a actividades catalanistas a mediados de los años cincuenta, antes de su ruptura pública de 1963. Véase también la entrevista concedida a Le Monde, publicada el 14 de noviembre de 1963. ↩︎